PREGUNTAS FRECUENTES

1🏡 1. ¿Qué necesito para ser aspirante a un lote fiscal con destino de vivienda familiar?
Para postularte a un lote fiscal, debés cumplir con estos requisitos:
• 🕐 Tener al menos 8 años de residencia en Comodoro Rivadavia.
• 🏠 No tener propiedades, adjudicaciones o terrenos ocupados en Comodoro, Rada Tilly o en tu último domicilio declarado.
• ⚖️ No haber incumplido la Ordenanza General de Tierras Fiscales.
• 🚫 No haber transferido derechos o mejoras en lotes fiscales municipales.
2🚫 2. ¿Quiénes no pueden ser adjudicatarios o aspirantes?
No podrán acceder a lotes fiscales:
• Quienes tengan sanciones firmes por ocupación ilegal.
• Usurpadores u ocupantes sin autorización municipal (por 20 años).
• Propietarios o adjudicatarios actuales, salvo excepciones por divorcio con división de bienes.
• Personas que hayan cedido derechos de preadjudicación o adjudicación.
3💻 3. ¿Cómo hago para reempadronarme en el nuevo Sistema de Tierras?
Podés hacerlo online siguiendo estos pasos:
1. Ingresá al portal de la Municipalidad → sección Tierras.
2. Seleccioná Vivienda Familiar.
3. Completá tus datos personales, laborales y habitacionales.
4. Agregá a tu grupo familiar conviviente.
5. Cargá los datos de cada integrante.
6. Confirmá la información (declaración jurada).
7. Seleccioná Registrar Solicitud.
8. Pagá online o imprimí el cupón para abonar en cajas municipales.

⚠️ Si no realizás el pago, la solicitud será rechazada.
Luego, un agente municipal revisará tu solicitud y te notificará si fue aceptada o rechazada.
👉 Si es aprobada, significa que cumplís con los requisitos, pero no garantiza adjudicación inmediata: el expediente quedará en evaluación hasta disponer de lotes.
4📄 4. ¿Qué significa que mi solicitud haya sido aprobada?ple question
Significa que cumplís con los requisitos legales para ser aspirante a un lote fiscal.
⚠️ Pero no implica que se inicie automáticamente tu expediente o se te asigne un terreno.
Tu solicitud quedará en espera de evaluación según:
• Prioridad del solicitante y su grupo familiar.
• Disponibilidad de lotes fiscales municipales.
5🏢 5. ¿Qué requisitos deben cumplir las instituciones para solicitar un lote fiscal?
Las instituciones civiles, asociaciones o cooperativas con personería jurídica vigente pueden solicitar tierras para cumplir sus fines o brindar viviendas a sus asociados.
Deben presentar:
• Estatuto o contrato social.
• Personería jurídica actualizada.
• Proyecto de uso y planos firmados por profesional matriculado.
• Plan de trabajo, financiamiento y factibilidad.
• Constancia de no tener deudas con el Municipio o la Provincia.
• En caso de cooperativas de vivienda: padrón de beneficiarios y aportes jubilatorios de empleados.
📍 Todo debe presentarse en Mesa de Entradas del Municipio.
6⚙️ 6. ¿Qué requisitos deben cumplir las industrias para solicitar un lote fiscal?
Las empresas interesadas en comprar tierras para uso industrial deben presentar:
• Datos personales o societarios (con personería).
• Anteproyecto técnico firmado por profesional matriculado.
• Detalle del terreno solicitado y justificación.
• Estudio de factibilidad, inversión y financiamiento.
• Plan de obra con etapas, plazos y calendario.
• Declaración de compromiso de cumplir los plazos de inversión.
• Balance o manifestación de bienes.
• Certificados de no deuda municipal y provincial.
• Información ambiental: residuos, proceso productivo, impacto ambiental, medidas de mitigación.
• Compromiso de responsabilidad ante daños ambientales.

📍 La solicitud también debe presentarse por Mesa de Entradas.
7🌱 7. ¿Qué necesito para pedir un lote para un emprendimiento de autosubsistencia?
Si querés un terreno para un emprendimiento de autosubsistencia (como pequeños criaderos o cultivos para consumo familiar), el Municipio puede otorgar parcelas de hasta 1.000 m².

🔹 Antes de la entrega se realiza una encuesta socioeconómica.
🔹 El terreno se concede en comodato por 2 años, renovable mientras la actividad continúe.
🔹 No se pueden transferir ni ceder derechos, ni construir obras permanentes.
🔹 Todo comodato debe ser aprobado por el Concejo Deliberante.

👉 Es una oportunidad para promover la autonomía productiva y el uso responsable de la tierra.
8🗺️ 8. ¿Qué barrios abarca cada Unidad de Tierras?
La ciudad se organiza en cuatro Unidades de Tierras, según el barrio:

📍 UNIDAD N° 1:
Centro, General Solari, 9 de Julio, 13 de Diciembre, José Fuchs, Ceferino Namuncurá, Pueyrredón, Julio A. Roca, San Isidro Labrador, Juan XXIII, Radio Estación, Industrial H. Beghin, Stella Maris, Acceso Sur, Parque Industrial, Chacras Zona Sur y Oeste, 30 de Octubre, y lotes institucionales o industriales.

📍 UNIDAD N° 2:
Pietrobelli, Balcón del Paraíso, Jorge Newbery, Las Flores, La Floresta, San Martín, Cordón Forestal, Mario Abel Amaya, M. Isidro Quiroga, San Cayetano, M. Argimiro Moure, Máximo Abásolo, Quirno Costa y Las Américas.

📍 UNIDAD N° 3:
Presidente Ortiz, Las Orquídeas, Don Bosco, G. Fontana, Standard Norte, Standard Sur, Restinga Alí, Caleta Córdova, Chacras Faro, 25 de Mayo, Mosconi, Divina Providencia, Saavedra, Infiernillo.

📍 UNIDAD N° 4:
Próspero Palazzo, Ciudadela, Diadema Argentina, Astra, Gesta de Malvinas (Km 12), Centenario (Km 14), Zona Norte, Bella Vista, Chacras Roque González, Juan J. Castelli, Rodríguez Peña, Sarmiento, Güemes, Manantial Rosales y Laprida.
9💡 9. ¿Cómo saco el Certificado de Puerta o de Luz?
Podés tramitarlo de manera presencial los lunes, martes o miércoles de 8:30 a 12:30 hs, en la Unidad de Tierras correspondiente a tu barrio:
• Zona Sur (Unidades 1 y 2): José Dalle Mura 291, esquina Llames Massini.
• Zona Norte (Unidades 3 y 4): Km 4 – Calle Jesús Garré 45 y Ruta N° 3.

💬 Este certificado es indispensable para poder solicitar servicios básicos como la conexión eléctrica.
10🚫 10. ¿Puedo ceder mis derechos de ocupante, preadjudicatario o adjudicatario?
No.
El artículo 15 de la Ordenanza General de Tierras Fiscales prohíbe toda transferencia o cesión de derechos de preadjudicación o adjudicación.

⚖️ La tierra fiscal no puede venderse, regalarse ni intercambiarse.
11⚖️ 11. ¿Existen excepciones a esta prohibición?
Sí, pero son muy específicas y deben estar debidamente justificadas y aprobadas por el Ejecutivo Municipal.
Solo se permiten transferencias de mejoras (no del terreno) cuando:
• Existan razones de seguridad comprobadas.
• El lote tenga mensura registrada o proyecto de mensura aprobado.
• El comprador no tenga propiedades ni antecedentes de ocupación.
• Se compruebe la correcta ubicación y condiciones de habitabilidad.
• No haya deudas ni afectaciones legales sobre el lote.
📑 El proceso exige notas formales dirigidas al Intendente, certificados de libre deuda, planos aprobados, antecedentes personales y documentación familiar. 💡 En resumen: solo se pueden transferir las mejoras, y siempre con autorización expresa del Municipio.
12🚨 12. ¿Qué hago si veo una usurpación en mi barrio?
Podés denunciar cualquier intento de ocupación ilegal:
📞 103 (Defensa Civil) – disponible las 24 hs.
📞 297-4757400 / 297-4757410 – lunes a viernes de 9 a 14 hs.
📧 También podés escribir a levantamientozn@gmail.com

⚠️ La denuncia temprana permite proteger el espacio público y actuar legalmente antes de que avance la ocupación.
13🏠 13. ¿Qué necesito para pedir mi Título de Propiedad?
Para tramitar tu título, debés cumplir con dos requisitos esenciales:
1. Haber cancelado el valor de la tierra.
2. Tener los planos de obra aprobados por la Dirección General de Obras Particulares.

Luego, presentá:
• Una nota formal por Mesa de Entradas solicitando el título.
• Libre deuda de la tierra.
• Copia de la carátula del plano aprobado.

Una vez ingresado el pedido, el Área de Títulos se comunicará con vos para continuar el trámite.
📌 Importante: el título no se emite automáticamente, debés iniciar vos el procedimiento.
14🏡 ¿Querés postularte a un lote fiscal?
Para poder hacerlo necesitás cumplir con estos requisitos:
🕐 Tener al menos 8 años de residencia en Comodoro.
🏠 No tener propiedades o adjudicaciones previas.
⚖️ No haber incumplido la Ordenanza de Tierras.
🚫 No haber transferido derechos o mejoras.
👉 Postulate de forma transparente y dentro del sistema formal del Municipio.
15🚫 ¿Quiénes no pueden acceder a un lote fiscal?
No podrán hacerlo:

❌ Usurpadores u ocupantes sin autorización.
❌ Personas con sanciones por ocupación ilegal.
❌ Propietarios o adjudicatarios actuales.
❌ Quienes hayan cedido sus derechos de adjudicación.

💬 Solo quienes cumplan con las normas pueden acceder a tierras municipales.
16💻 Reempadronate en el Nuevo Sistema de Tierras
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17💻 Reempadronate en el Nuevo Sistema de Tierras
Hacelo 100% online:
1️⃣ Ingresá a la web del Municipio → sección Tierras.
2️⃣ Elegí Vivienda Familiar.
3️⃣ Completá tus datos y los de tu grupo familiar.
4️⃣ Pagá online o en cajas municipales.

⚠️ Recordá: si tu solicitud es aprobada, significa que cumplís con los requisitos, pero no implica adjudicación inmediata.
18📄 ¿Qué significa que mi solicitud haya sido aprobada?
✔️ Cumplís con todos los requisitos legales.
❗ Pero todavía no implica que tengas un lote asignado.
📋 Tu solicitud quedará en espera de evaluación según la prioridad y la disponibilidad de terrenos.
💬 Transparencia y equidad en cada paso.
19🏢 Lotes para instituciones y cooperativas
Las instituciones con personería jurídica vigente pueden solicitar tierras para cumplir sus fines o brindar viviendas a sus asociados.
📄 Deberán presentar: estatuto, planos, financiamiento, libre deuda y proyecto firmado por profesional matriculado.
📍 El trámite se realiza por Mesa de Entradas del Municipio.
🤝 Trabajamos junto a las organizaciones que impulsan el desarrollo de la ciudad.
20⚙️ Lotes para industrias
Las empresas que deseen instalarse deben presentar:
📋 Anteproyecto técnico y documentación legal.
💰 Plan de inversión y financiamiento.
🌱 Estudio ambiental y compromiso de cumplimiento.
📍 Todo se presenta por Mesa de Entradas.
🧩 Impulsamos el crecimiento productivo, con planificación y responsabilidad.
21🌱 Lotes para autosubsistencia
Si querés producir tus propios alimentos o criar animales, podés solicitar un lote en comodato por 2 años, renovable.
📏 Hasta 1.000 m².
⚖️ Se otorgan tras encuesta socioeconómica.
🚫 No se pueden transferir ni construir obras permanentes.
💬 Fomentamos la autonomía productiva responsable.
22🗺️ ¿Sabés qué Unidad de Tierras corresponde a tu barrio?
Descubrilo y acercate a la que te corresponde según tu zona.
📍 4 Unidades de Tierras organizan la ciudad para un mejor ordenamiento.
💬 Consultá cuál te corresponde y realizá tus trámites de manera más rápida y cercana.
23💡 Certificado de Puerta o de Luz
Tramitá tu certificado de lunes a miércoles de 8:30 a 12:30 hs:
🏠 Zona Sur (U1 y U2): José Dalle Mura 291.
🏡 Zona Norte (U3 y U4): Jesús Garré 45 – Km 4.
📑 Es indispensable para solicitar servicios básicos.
💬 Orden y legalidad para seguir creciendo.
24🚫 ¿Se pueden ceder los derechos de un lote fiscal?
No.
La Ordenanza General de Tierras prohíbe toda transferencia o venta.
⚖️ La tierra fiscal no puede venderse ni regalarse.
💬 Es un bien público que debe usarse de forma justa y responsable.
25⚖️ Excepciones a la cesión de mejoras
Solo se permite transferir las mejoras, no el terreno, y con autorización municipal.
📋 Requiere justificación, documentación legal y libre deuda.
💬 Todo debe hacerse dentro del marco legal y con la aprobación correspondiente.
26🏠 ¿Querés tu Título de Propiedad?
Debés cumplir dos pasos:
1️⃣ Haber pagado el valor total del terreno.
2️⃣ Tener los planos de obra aprobados.
📑 Presentá una nota en Mesa de Entradas con libre deuda y copia del plano.
💬 Recordá: el trámite no es automático, tenés que iniciarlo vos.

¿Tenes mas dudas?

Comunicate con la secretaria al 297 5275572 o al mail unidaduno@comodoro.gov.ar